El Gobierno despacha con 5,7 millones las últimas ayudas al cierre de minas Imprimir
Martes 25 de Septiembre de 2018 09:53

El Ministerio de Transición Ecológica destina 626.000 euros a empresas públicas y algo más de 5 millones a las privadas con unidades de producción subterránea que hayan cerrado o estén cerrando explotaciones con un calendario que habrá de completarse a 31 de diciembre de 2018.

El Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, dependiente del ministerio de Transición Ecológica, convoca una ayuda destinada a cubrir costes excepcionales que se produzcan o se hayan producido a causa del cierre de unidades de producción de carbón incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España para la minería de carbón no competitiva tanto públicas como privadas, según publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El importe máximo destinado a financiar esta convocatoria es de 626.285 euros para las empresas públicas y de 5.089.745 euros para las privadas, lo que hace un total de 5.716.030 euros, frente a los 25 millones de la convocatoria anterior. Dado que la parte de la ayuda correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2018 no podrá ser abonada con el presupuesto de este año se contempla una distribución plurianual del presupuesto mencionado, de forma que el de las empresas públicas se reparten 521.904,17 euros en 2018 y 104.380,83 euros en 2019, mientras que el de las privadas se desglosa en 4.241.454,17 euros en 2018 y 848.290,83 euros en 2019.

Las ayudas estarán dirigidas a cubrir, total o parcialmente, las pérdidas de la producción corriente de empresas mineras para el ejercicio carbonero 2018, con unidades de producción por minería subterránea inscritas en el Plan de Cierre, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.1 de la Decisión europea.

Los beneficiarios de las ayudas son las empresas mineras del carbón con unidades de producción subterránea incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España y recogidas en el anexo de la base reguladora, siempre que haya pérdidas de la producción corriente y se cumplan todas y cada una de las condiciones establecidas en el artículo 3 de la Decisión 2010/787/UE del Consejo, de 10 de diciembre, relativa a las ayudas estatales destinadas a facilitar el cierre de minas no competitivas.

 

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