El alcalde de Cacabelos lidera una lista independiente con exmiembros del PSOE Imprimir
Domingo 21 de Abril de 2019 17:40

Sergio Álvarez / Carlos de FranciscoSergio Álvarez / Carlos de FranciscoELECCIONES 26-M Sergio Álvarez de Arriba encabezará la candidatura de la Agrupación de Electores Socialistas por Cacabelos en las elecciones municipales del próximo 26 de mayo, una iniciativa surgida "del apoyo recibido de gran número de vecinos y el aval de la mayoría de militantes decepcionados con el PSOE que han decidido abandonar el partido".

"No es el momento de abandonar Cacabelos, ni de dejarlo a su suerte o que vuelva al estado lamentable en el que se encontraba al inicio de esta legislatura. Cacabelos no se puede quedar sin representación del socialismo de verdad", argumenta el alcalde para justificar su decisión de presentarse al frente de una agrupación de electores que registró la candidatura este viernes en la Junta Electoral de Zona de Ponferrada.

El anuncio de Sergio Álvarez de presentarse a la alcaldía de Cacabelos al frente de una agrupación de electores se produce el mismo día en el que se ha conocido que ya se han gestionado más de medio centenar de bajas de militantes del PSOE descontentos con la decisión de la gestora de nombrar como candidato a Junior Rodríguez.

El alcalde asegura en un comunicado que su candidatura surge "del apoyo de muchos vecinos y  el aval de la mayoría de militantes decepcionados con el PSOE" y que está integrada "por personas muy capacitadas, con energía, ideas innovadoras y sobre todo dispuestos a trabajar por Cacabelos".

"Encabezar esta candidatura, ha sido una decisión muy meditada, ya que mi vida personal y laboral está en Madrid y aunque el Gobierno municipal no es fácil, creo que no es el momento de abandonar Cacabelos, ni dejarlo a su suerte o que vuelva al estado lamentable en el que se encontraba al inicio de la legislatura", añade Álvarez.

"Todos saben que soy parco en palabras, pero siempre he intentado velar y gestionar el Ayuntamiento de la mejor manera, y con humildad creo que se ven los resultados, ante todo soy y me siento Cacabelense y quiero lo mejor para mi pueblo. Como candidato de Socialistas por Cacabelos agradezco el apoyo y el voto de confianza recibido en las anteriores elecciones, y espero contar nuevamente con ese apoyo, ya que afronto con mucha ilusión y empeño esta nueva etapa", apostilla el regidor en su comunicado.

Su candidatura podría ser impugnada por otros partidos políticos

Sergio Álvarez ha sido inhabilitado como alcalde de Cacabelos por una sentencia judicial que todavía no es firme, aunque no se descarta que su candidatura sea impugnada basándose en un reciente fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que ha establecido que no son elegibles para ningún cargo público los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado, a penas de inhabilitación o de suspensión para empleo o cargo público, cualesquiera que sean los empleos o cargos públicos a los que se refiera dicha pena.

La Sala estima el recurso de casación del Cabildo Insular de Fuerteventura que acordó la incompatibilidad de un ciudadano para el cargo de Consejero del Cabildo de Fuerteventura al haber sido condenado por un juzgado de lo Penal de Puerto Rosario por prevaricación continuada a 9 años de inhabilitación especial para el cargo de alcalde, teniente de alcalde, concejal y cualquier otro de naturaleza electiva y ámbito local que implicase una participación en el gobierno municipal durante 9 años. El Tribunal Superior de Justicia de las Palmas de Gran Canarias anuló la resolución administrativa al entender que la inhabilitación solo afectaba al ámbito municipal.

El Tribunal Supremo anuló la sentencia recurrida y afirma que, de acuerdo con la legislación y la jurisprudencia constitucional, es "certera" la interpretación que hizo el Cabildo, por lo que la declaración de incompatibilidad del recurrente para el cargo de consejero del Cabildo de Fuerteventura no vulnera el derecho a participar en los asuntos públicos, recogido en el artículo 23 de la Constitución.

También considera que la cuestión de interés casacional planteada se proyecta más allá del archipiélago canario, motivo por lo que examina la cuestión desde un plano general. La Sala se plantea si la causa de inelegibilidad e incompatibilidad establecida en el artículo 6.2 b) en relación con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) debe ser entendida en el sentido de que afecta a los condenados por los delitos de rebelión, terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado, cuando la sentencia, aunque no sea firme, haya impuesto la pena de inhabilitación especial o de suspensión para empleo o cargo público, cualesquiera que sean los empleos o cargos públicos a los que se refiera dicha pena.

La Sala destaca, en línea con la doctrina del Tribunal Constitucional, la ejemplaridad social exigible a quien ejerce la función pública, máxime si es representante de los ciudadanos. En este sentido, indica que "lo dicho por el Tribunal Constitucional no es cuestión novedosa en nuestro marco jurídico europeo y su herencia cultural".

 

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